Para vivir en España hace falta una autorización de residencia o la nacionalidad española. Con pasaporte venezolano se parte con dos ventajas que no tienen la mayoría de las nacionalidades. Se entra sin visado para estancias cortas, y quien ya reside legalmente en España puede pedir la nacionalidad a los dos años, o al año si su padre, su madre, un abuelo o una abuela eran españoles de origen. La estancia de turista no da derecho a residir, y varias de las residencias se piden con visado en el consulado antes de viajar.
Entrar en España
Los venezolanos no necesitan visado para estancias de hasta 90 días en cualquier periodo de 180 en el espacio Schengen. Esa estancia es para turismo o visitas y no permite trabajar. Al cruzar la frontera, la entrada queda registrada en el Sistema de Entradas y Salidas, y ETIAS todavía no funciona. Los documentos que pueden pedirte en el control, y lo que pasa con un pasaporte venezolano caducado, están en la ficha de Venezuela a España.
Si tienes familia española
Hijos de español de origen
Quien tiene un padre o una madre que fue español de origen y nació en España puede optar a la nacionalidad española, y para este caso el Código Civil no pone límite de edad. La declaración de opción se hace en el Registro Civil o, desde Venezuela, en el consulado.
Mientras tanto, o si el padre o la madre era español de origen pero nació fuera de España, existe una autorización de residencia para hijos e hijas de españoles de origen. Es una de las residencias de familiar de persona de nacionalidad española y permite trabajar por cuenta ajena o propia en cualquier sector.
Cónyuges, parejas, hijos y padres de españoles
La misma autorización de familiar de persona de nacionalidad española cubre a quienes conviven con un español:
- el cónyuge mayor de 18 años;
- la pareja inscrita en un registro público de un país de la UE, el Espacio Económico Europeo o Suiza, o la pareja estable que demuestre al menos doce meses de convivencia;
- los hijos menores de 26 años, o mayores si están a cargo;
- los padres que vivan a cargo del español y no tengan apoyo familiar en su país.
Si el familiar español vive en España, puede presentar la solicitud él mismo en la oficina de extranjería. Si los dos viven fuera, la pide la persona extranjera, y el Consulado General de España en Caracas tramita el visado de residencia de familiares de personas de nacionalidad española.
Nietos de españoles
La vía de la Ley de Memoria Democrática, que permitía optar a la nacionalidad a muchos hijos y nietos de españoles, está cerrada: el plazo para pedir cita terminó el 22 de octubre de 2025. A un nieto de español de origen le queda la nacionalidad por residencia con un solo año de residencia legal en España.
La nacionalidad por residencia
La regla general son diez años de residencia, pero a los nacionales de origen de países iberoamericanos les bastan dos. Basta un año para quien nació fuera de España de padre, madre, abuelo o abuela que fueran originariamente españoles, y también para quien lleva un año casado con una persona española sin estar separado. En todos los casos la residencia tiene que ser legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud.
Hay que aprobar el examen de conocimientos constitucionales y socioculturales de España (CCSE) del Instituto Cervantes. Los venezolanos no tienen que hacer el examen de español (DELE), y tampoco tienen que renunciar a la nacionalidad venezolana al jurar la española.
Las vías de residencia que se piden desde Venezuela
El Consulado General de España en Caracas tramita, entre otros, estos visados nacionales: residencia no lucrativa, trabajo por cuenta ajena y por cuenta propia, emprendedor, trabajador altamente cualificado, estudios, teletrabajo (nómada digital), investigador, prácticas, reagrupación familiar y familiares de españoles. Cuatro de esas vías piden esto:
| Vía | Qué hay que demostrar |
|---|---|
| Residencia no lucrativa | 2.400 € al mes (el 400 % del IPREM de 2026) y 600 € más al mes por cada familiar a cargo, para todo el periodo de la autorización, que dura un año. Seguro de enfermedad. No permite trabajar |
| Teletrabajo internacional | Trabajar en remoto para empresas de fuera de España, con relación laboral o profesional de al menos tres meses y empresas con un año de actividad real. Título universitario, de formación profesional o de una escuela de negocios de reconocido prestigio, o tres años de experiencia. Como profesional se puede facturar a empresas españolas hasta el 20 % de la actividad |
| Estudios | Admisión o matrícula en un centro de enseñanza en España. Permite trabajar hasta 30 horas a la semana |
| Trabajo por cuenta ajena | Una oferta de un empleador en España que cumpla los requisitos del reglamento |
Para la residencia no lucrativa hay que tener, por ejemplo, 28.800 € para un año si viajas solo, y 36.000 € si te acompaña un familiar a cargo. El dinero puede venir de ahorros, rentas o cualquier fuente que se pueda acreditar.
La autorización de teletrabajo también se puede pedir desde España si ya estás allí de forma regular, por ejemplo durante la estancia sin visado. Dura hasta tres años y se renueva por periodos de dos.
Si ya estás en España: el arraigo
Quien lleva al menos dos años seguidos en España puede pedir una autorización de residencia por arraigo, aunque no haya tenido papeles. Hay cinco tipos:
- sociolaboral, con uno o varios contratos que sumen al menos 20 horas a la semana y paguen como mínimo el salario mínimo o el del convenio, en proporción a la jornada;
- social, si tienes familiares directos con residencia en España y medios de al menos el 100 % del IPREM (600 € al mes en 2026) o, si no los tienes, un informe de integración de la comunidad autónoma;
- socioformativo, para quien se matricula en una formación reconocida, que permite trabajar por cuenta ajena hasta 30 horas a la semana;
- de segunda oportunidad, para quien tuvo en los dos años anteriores una residencia que no era por circunstancias excepcionales y no la renovó por motivos ajenos al orden público;
- familiar, para padres de un menor o cuidadores de una persona con discapacidad que sean ciudadanos de otro país de la UE, el Espacio Económico Europeo o Suiza. Este no exige tiempo mínimo en España.
Las autorizaciones por arraigo duran un año, salvo la familiar, que dura cinco. Pedir asilo afecta al arraigo: no se puede solicitar mientras haya una solicitud de protección internacional pendiente, y el tiempo que dura esa solicitud no cuenta para los dos años. También hay que carecer de antecedentes penales en España y en los países donde se haya vivido los cinco años anteriores a la llegada.
La regularización extraordinaria de 2026, para quienes estaban en España antes del 1 de enero de 2026, admitió solicitudes hasta el 30 de junio de 2026 y ya está cerrada.
Los documentos venezolanos
Venezuela es parte del Convenio de La Haya sobre la apostilla desde 1999, así que sus documentos públicos (partidas de nacimiento, actas de matrimonio, antecedentes penales, títulos) se apostillan en Venezuela y no necesitan legalización consular.
Con el pasaporte caducado hay una excepción que solo vale dentro del país. Una instrucción de enero de 2025 permite usar el pasaporte venezolano caducado para los trámites de extranjería y para la tarjeta de identidad de extranjero (TIE), pero no para entrar en España. Para viajar hace falta un pasaporte en vigor.
Preguntas frecuentes
¿Puedo entrar como turista y pedir la residencia desde España? Depende de la vía. La residencia no lucrativa y el trabajo por cuenta ajena se piden con visado en el consulado. La de teletrabajo se puede pedir desde España si estás allí de forma regular, y la de familiar de español también, cuando los dos están en España. El arraigo exige dos años en el país.
¿Tengo que renunciar a la nacionalidad venezolana para ser español? No. El Código Civil exime de la renuncia a los nacionales de países iberoamericanos.
¿Necesito el DELE para la nacionalidad? No. Los venezolanos están exentos del examen de español, pero tienen que aprobar el CCSE.
¿Se puede todavía pedir la nacionalidad por la Ley de Memoria Democrática? No. El plazo para pedir cita terminó el 22 de octubre de 2025. Quien la pidió a tiempo sigue su trámite con el consulado.
Guía verificada el 31/10/2026. Fuentes: Real Decreto 1155/2024, Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000 sobre derechos y libertades de los extranjeros en España (BOE, texto consolidado con la modificación del Real Decreto 316/2026; artículos 57, 61 a 63, 94, 95, 97 y 125 a 127 y disposición adicional vigesimoprimera); Ley 14/2013, de apoyo a los emprendedores, artículos 74 bis a 74 quinquies (teletrabajo de carácter internacional); Código Civil, artículos 20, 22, 23 y 24; Real Decreto 1004/2015, Reglamento del procedimiento de la nacionalidad por residencia, artículo 6; SEPE, cuantías del IPREM y del salario mínimo para 2026; Consulado General de España en Caracas, catálogo de servicios consulares (visados nacionales); Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, instrucción conjunta de enero de 2025 sobre pasaportes venezolanos caducados; Ministerio de Asuntos Exteriores, aviso de fin del plazo de la disposición adicional octava de la Ley 20/2022 de Memoria Democrática (27/10/2025); Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado, tabla de Estados parte del Convenio de la apostilla. Los importes y requisitos pueden cambiar: confirma los de tu vía en el consulado o en la oficina de extranjería antes de pagar.