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Cómo emigrar a España desde Cuba: visados, familia española, nacionalidad y documentos en 2026

Para vivir en España hace falta una autorización de residencia o la nacionalidad española. Con pasaporte cubano se necesita visado incluso para una visita corta, y casi todas las residencias empiezan con un visado nacional que se pide en La Habana. Desde octubre de 2026 esas solicitudes ya no se entregan en el Consulado General, sino en un centro de visados en Miramar. A cambio, quien llega a residir legalmente en España puede pedir la nacionalidad a los dos años, o al año si desciende de españoles de origen.

Entrar en España

Los cubanos necesitan un visado de estancia (visado Schengen) para entrar en España, también como turistas. Permite estar hasta 90 días en cualquier periodo de 180 y no permite trabajar ni sirve para quedarse a residir. Los requisitos y la documentación están en la ficha de Cuba a España.

Si solo vas a hacer escala en un aeropuerto español para volar a un país de fuera del espacio Schengen, el pasaporte cubano necesita además un visado de tránsito aeroportuario. El consulado publica en su ficha de ese visado las excepciones, como las de algunos familiares de ciudadanos de la UE.

Dónde se piden los visados en La Habana

El Consulado General de España en La Habana sigue decidiendo cada visado, pero las solicitudes se presentan ahora en el Centro de Solicitud de Visados para España en Cuba, en la avenida 31 entre 18 y 14, casa 1419 (Miramar, Playa). El centro empezó por los visados Schengen el 5 de octubre de 2026, asumió los visados nacionales el 12 de octubre y, desde el 19 de octubre, recibe también los de familiares de españoles y de ciudadanos de la UE, el Espacio Económico Europeo y Suiza.

El centro cobra una tasa de gestión de 17 euros, que se suma a la tasa consular de cada visado. Ofrece también servicios opcionales (fotos, fotocopias, ayuda con el formulario, una sala VIP fuera del horario comercial), y el consulado aclara que contratarlos no influye en la decisión.

Para la cita, el sistema anterior por correo y Bookitit dejó de admitir solicitudes nuevas el 21 de septiembre de 2026. El consulado da tres casos:

La cita es gratuita. Antes de diciembre solo se atienden urgencias acreditadas con documentos, por correo a cog.lahabana.vis@maec.es. Si no responden, el caso no se ha considerado urgente.

Si tienes familia española

Hijos de español de origen

Quien tiene un padre o una madre que fue español de origen y nació en España puede optar a la nacionalidad española, sin límite de edad. La declaración de opción se hace en el Registro Civil o, desde Cuba, en el Consulado General.

Si el padre o la madre era español de origen pero nació fuera de España, existe una autorización de residencia para hijos de españoles de origen. Es una de las residencias de familiar de persona de nacionalidad española y permite trabajar por cuenta ajena o propia.

Cónyuges, parejas, hijos y padres de españoles

La residencia de familiar de persona de nacionalidad española cubre a quienes conviven con un español:

Si el familiar español vive en España, puede presentar la solicitud él mismo en la oficina de extranjería. Si los dos viven fuera, se pide desde Cuba el visado de residencia de familiares de personas de nacionalidad española, que también pasa ya por el centro de visados.

Si tu familiar en España no es español pero tiene residencia legal, la vía es la reagrupación familiar en régimen general, que el consulado tramita con su propio visado.

Nietos de españoles

La vía de la Ley de Memoria Democrática, que permitía optar a la nacionalidad a muchos hijos y nietos de españoles, está cerrada: el plazo para pedir cita terminó el 22 de octubre de 2025. Quien la pidió a tiempo sigue su trámite con el consulado. El 9 de octubre de 2026 el Consulado General avisó de que quienes fueron inscritos en su Registro Civil hasta el 30 de junio de 2026 y tienen la notificación por DICIREG ya pueden pedir cita para su primer pasaporte español.

A un nieto de español de origen que no llegó a tiempo le queda la nacionalidad por residencia, con un solo año de residencia legal en España.

La nacionalidad por residencia

La regla general son diez años de residencia, pero a los nacionales de origen de países iberoamericanos, Cuba incluida, les bastan dos. Basta un año para quien nació fuera de España de padre, madre, abuelo o abuela que fueran originariamente españoles, y para quien lleva un año casado con una persona española sin estar separado. La residencia tiene que ser legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud.

Hay que aprobar el examen de conocimientos constitucionales y socioculturales de España (CCSE) del Instituto Cervantes. Los cubanos no tienen que hacer el examen de español (DELE), y la ley española no les pide renunciar a la nacionalidad cubana al jurar la española.

Los documentos, la tasa, los plazos y la jura están en la guía de la nacionalidad española por residencia, y las fechas del CCSE en la del examen de nacionalidad.

Las vías de residencia que se piden desde Cuba

El Consulado General de España en La Habana tramita estos visados nacionales: residencia no lucrativa, trabajo por cuenta ajena y por cuenta propia, emprendedor, trabajador altamente cualificado y traslado intraempresarial, estudios, investigador, prácticas, teletrabajo (nómada digital), residencia con exceptuación de autorización de trabajo, reagrupación familiar y familiares de españoles. Cuatro de ellos piden esto:

Vía Qué hay que demostrar
Residencia no lucrativa 2.400 € al mes (el 400 % del IPREM de 2026) y 600 € más al mes por cada familiar a cargo, para todo el año que dura la autorización. Seguro de enfermedad. No permite trabajar
Teletrabajo internacional Trabajar en remoto para empresas de fuera de España, con relación laboral o profesional de al menos tres meses y empresas con un año de actividad real. Título universitario, de formación profesional o de una escuela de negocios de reconocido prestigio, o tres años de experiencia
Estudios Admisión o matrícula en un centro de enseñanza en España. Permite trabajar hasta 30 horas a la semana
Trabajo por cuenta ajena Una oferta de un empleador en España que cumpla los requisitos del reglamento

Para la residencia no lucrativa, una persona sola necesita 28.800 € para el año, y 36.000 € si le acompaña un familiar a cargo. El dinero puede venir de ahorros, rentas o cualquier fuente que se pueda acreditar.

La autorización de teletrabajo también se puede pedir desde España si ya estás allí de forma regular. Dura hasta tres años y se renueva por periodos de dos.

Si ya estás en España: el arraigo

Quien lleva al menos dos años seguidos en España puede pedir una autorización de residencia por arraigo, aunque no haya tenido papeles. Hay cinco tipos:

Las autorizaciones por arraigo duran un año, salvo la familiar, que dura cinco. Mientras haya una solicitud de protección internacional pendiente no se puede pedir el arraigo, y el tiempo que dure esa solicitud no cuenta para los dos años. Hay que carecer de antecedentes penales en España y en los países donde se haya vivido los cinco años anteriores a la llegada.

La regularización extraordinaria de 2026, para quienes estaban en España antes del 1 de enero de 2026, admitió solicitudes hasta el 30 de junio de 2026 y ya está cerrada.

Los documentos cubanos

Cuba no ha firmado el Convenio de La Haya sobre la apostilla, así que sus documentos (partidas de nacimiento, actas de matrimonio, antecedentes penales, títulos) no se pueden apostillar. Para que valgan en España los legaliza primero el Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba y después el Consulado General de España en La Habana.

La legalización en el consulado pide cita. Para registrarte en el sistema, escribe a cog.lahabana.cleg@maec.es con el asunto «CITA LEGA» y una foto tuya nítida junto al carné de identidad cubano. Ese buzón solo admite registros y no responde consultas. El trámite lo hace el titular del documento o alguien con su autorización escrita, siempre con originales o copias auténticas expedidas por el mismo órgano: una fotocopia legalizada no sustituye al original. La legalización no caduca, pero si el documento tiene una validez limitada, como un certificado de antecedentes penales, la legalización dura lo mismo.

Tu residencia en Cuba al emigrar

La Ley 171 de Migración, publicada en la Gaceta Oficial el 5 de mayo de 2026, está en vigor desde el 1 de noviembre de 2026 y derogó el Decreto-Ley 302 de 2012, que fijaba en 24 meses el tiempo máximo fuera del país. Ahora un cubano mantiene la categoría de residente en Cuba si tiene residencia efectiva, es decir, si pasó en Cuba la mayor parte del año anterior. El reglamento (Decreto 136) lo concreta en 180 días.

Con menos tiempo, se puede pedir que se reconozca la residencia efectiva si se suman más de 120 días en Cuba en ese año y otros vínculos con el país, como estar casado con alguien que tenga residencia efectiva o tener padres o hijos que la tengan, un trabajo, una vivienda, cuentas bancarias que se usen con regularidad o una inversión. Quien vive la mayor parte del tiempo en otro país pasa a la categoría de residente en el exterior. La ley le reconoce los mismos derechos, deberes y garantías que a quien reside en Cuba, y el uso y la libre disposición de sus bienes conforme a la ley.

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir ya cita para un visado de España en Cuba? Si no tenías cita ni credenciales del sistema anterior, la plataforma del centro de visados abre al público el 1 de diciembre de 2026. Antes de esa fecha solo se atienden urgencias acreditadas, por correo a cog.lahabana.vis@maec.es.

¿Cuánto cuesta presentar el visado en el centro? 17 euros de tasa de gestión, más la tasa consular del visado que pidas.

¿Puedo entrar como turista y pedir la residencia desde España? Depende de la vía. La residencia no lucrativa y el trabajo por cuenta ajena se piden con visado en La Habana. La de teletrabajo se puede pedir desde España si estás allí de forma regular, y la de familiar de español también, cuando los dos están en España. El arraigo exige dos años en el país.

¿Necesito el DELE para la nacionalidad? No. Los cubanos están exentos del examen de español, pero tienen que aprobar el CCSE.

¿Se puede todavía pedir la nacionalidad por la Ley de Memoria Democrática? No. El plazo para pedir cita terminó el 22 de octubre de 2025. Quien la pidió a tiempo sigue su trámite con el consulado.

¿Pierdo mi residencia en Cuba si me voy a España? Desde el 1 de noviembre de 2026 no hay un plazo fijo de 24 meses. La conservas si pasas en Cuba al menos 180 días al año, o más de 120 con otros vínculos que lo justifiquen. Si no, pasas a ser residente en el exterior.


Guía verificada el 05/11/2026. Fuentes: Consulado General de España en La Habana (exteriores.gob.es): «Lugar de presentación de solicitudes de visado», catálogo de visados nacionales, «Visados de tránsito aeroportuario», «Legalización y apostilla de La Haya», noticias «Inicio de operaciones del Centro de Solicitud de Visados para España en Cuba» (21/09/2026), «Reasignación de citas en el Centro de Solicitud de Visados para España en Cuba» (29/10/2026) y «Solicitudes de primer pasaporte» (09/10/2026), y documento de preguntas frecuentes del centro; Real Decreto 1155/2024, Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000 sobre derechos y libertades de los extranjeros en España (BOE, texto consolidado con la modificación del Real Decreto 316/2026; artículos 57, 61 a 63, 94, 95, 97 y 125 a 127 y disposición adicional vigesimoprimera); Ley 14/2013, de apoyo a los emprendedores, artículos 74 bis a 74 quinquies; Código Civil, artículos 20, 22, 23 y 24; Real Decreto 1004/2015, Reglamento del procedimiento de la nacionalidad por residencia, artículo 6; SEPE, cuantías del IPREM y del salario mínimo para 2026; Ministerio de Asuntos Exteriores, aviso de fin del plazo de la disposición adicional octava de la Ley 20/2022 de Memoria Democrática (27/10/2025); Gaceta Oficial de la República de Cuba n.º 39 Ordinaria de 2026 (05/05/2026): Ley 171 de Migración, artículos 22, 26 a 31 y disposiciones finales, y Decreto 136, Reglamento de la Ley de Migración, artículos 45 y 46; Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado, tabla de Estados parte del Convenio de la apostilla. Los importes y requisitos pueden cambiar: confirma los de tu vía en el consulado o en la oficina de extranjería antes de pagar.